Blog El Padre Luis dice

Familia. LA PAREJA HUMANA

El ser humano ha sido creado a imagen y semejanza de Dios y, por tanto, con una gran dignidad.

            Pero los seres humanos fuimos creados con una doble modalidad: varón y mujer.

leyesEl deber de las leyes civiles es “garantizar el bien común de las personas, mediante el reconocimiento y la defensa de sus derechos fundamentales, la promoción de la paz y de la moralidad pública (Juan Pablo II, Evangelium vitae, 71).

Las leyes que favorecen el bien común son leyes justas; las que se oponen, y dañan contenidos esenciales del bien común son leyes inicuas o injustas. Ángel Rodríguez Luño clasifica las leyes injustas en cuatro grupos (Léxicon 2004, p. 670):

babyEl aborto se ha considerado ante todo como un acto que compromete la responsabilidad personal de aquella que lo solicita y la de aquel que lo ejecuta, sea médico o no.

Sin embargo, si se afina la percepción, resulta que unos actos moralmente ilícitos como el aborto y la eutanasia son el resultado de la actividad integrada de diversos socios: médicos, farmacéuticos, enfermeras, profesionales no médicos, todos ellos actuando de manera concertada y, por tanto, como cómplices.

Pobreza. Sobre este tema se llevó a cabo un Encuentro en Rio de Janeiro del 27 al 29 de julio de 1994. El Mensaje que les dirigió Juan Pablo II sigue siendo actual. Allí, se subrayan los siguientes aspectos:

El nuevo traje del rey. Imágen de Youtube.(De la literatura universal clásica)

En un lejano país, el monarca se entera que unos famosísimos sastres están de paso por su reino. Sin perder tiempo, los convoca para que le confeccionen su mejor indumentaria. Los sastres, luego de disfrutar un buen tiempo los beneficios que le brinda la vida en la corte del Rey, le comunican que han terminado su trabajo y anuncian a quien quiera escucharlos que han confeccionado para el Rey el traje invisible más hermoso del mundo, tan hermoso que "sólo los tontos no pueden verlo".

Familias construidas.Familias reconstruidas son aquellas que se forman tras la disolución de una unidad familiar previa. Aparece entonces un nuevo cónyuge que no tiene relación biológica con los hijos de su nueva pareja. El nuevo cónyuge puede introducir a sus propios hijos en la nueva unidad familiar.