Sexualidad y procreación. La expresión Derechos Sexuales y Reproductivos (De aquí en adelante DDSSRR), se refiere a una interpretación desviada del numeral 2 de la Declaración Universal de Derechos Humanos de las Naciones

Unidas, de 1948: "Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición". La interpretación que de este artículo hacen los defensores de los DDSSRR se basa en una visión del hombre distinta de la que inspiró ese texto histórico fundamental. Ya que para ellos, la sexualidad debe separarse del matrimonio y de la procreación.

Según José Alfredo Peris , la expresión DDSSRR, en síntesis, guarda relación con un presunto 'derecho' a la contracepción, a la esterilización, al aborto, a las técnicas modernas de fecundación artificial y a la homosexualidad.

En el origen de este movimiento se encuentra la poderosa ONG "Federación Internacional de Planificación Familiar" (IPPF por sus siglas en inglés).

El IPPF, en su Carta de los Derechos Sexuales y Reproductivos de 1996, considera que la vida de la madre no debe ser puesta en peligro por causa de un embarazo. Todas las personas tienen derecho a verse libres de temores impuestos desde el exterior, libres de la vergüenza y de sentirse culpables, libres de las creencias basadas en mitos y otros factores psicológicos que dificultan la respuesta sexual o impiden las relaciones sexuales. Con estas expresiones aluden a las tradiciones culturales de diversas religiones en materia sexual, y especialmente a las enseñanzas de la Iglesia Católica.

Se expone también el derecho a no sufrir un embarazo, el derecho a la autonomía absoluta en materia de reproducción sexual, lo cual abarca todo lo que se pueda decidir con relación al llamado 'aborto seguro'. Así se ampara la confidencialidad en el caso de los jóvenes, buscando evitar la intervención de los padres en todo o que haga referencia a la información sobre sexualidad, el acceso a la contracepción y el aborto.

- En su discurso político, centran todos los valores en los deseos de libertad del individuo y en el compromiso de las instituciones públicas para que esas libertades sean efectivas. Desde esta visión se señala la obligación de los Estados de suministrar servicios de salud reproductiva relativos al derecho de los individuos a la autodeterminación sexual libre de interferencias en la toma de decisiones que afecten a la vida sexual y reproductiva de la mujer.

- En su discurso social se concentran en facilitar a las mujeres de los países en vías de desarrollo, el acceso a los anticonceptivos y a abortos seguros y legales. Para ello se pretende disponer de fondos públicos. Se trata de proporcionar ayuda social a la mujer olvidando su responsabilidad como madre. Promueven medidas justas y necesarias, pero existe una obsesión por considerar el recurso al aborto como la clave de la liberación femenina.

- En su discurso jurídico fuerzan a plantear la existencia de un derecho a las prácticas de inseminación artificial, la fecundación in vitro, la transferencia de embriones, las posibilidades de clonación. Se busca fundamentar todos estos derechos en la libertad humana, en el derecho a la intimidad personal. Cualquier individuo manifiesta su deseo de 'tener un hijo' y la Administración Pública está obligada a facilitar este deseo poniendo a su disposición los recursos sanitarios. Para introducir el aborto como un derecho, la clave está en negar al embrión humano la condición de persona, ya que las técnicas de fecundación 'in vitro' se basan sobre la creación de embriones sobrantes.

Hay que valorar que los avances médicos pueden hacer mucho más segura la maternidad; la violencia sexual es un mal que debe ser erradicado, el machismo es una grave disfunción social que debe ser combatida, y la mujer no debe seguir experimentando la parte más aguda de la exclusión social. Pero los acentos que acompañan a la defensa de los DDSSRR no son los adecuados.

Los DDSSRR encuentran plenamente positiva la separación entre la sexualidad, la procreación y el matrimonio. Consideran que la libertad humana se ve más potenciada si la sexualidad sólo busca el placer, si la procreación es una función propia del Sistema de Salud, si entre varones y mujeres no hay más vínculos que los que proceden de pactos temporales y revisables.

Pero seamos claros: la liberación de la mujer no se logra negando el auténtico bien de la sexualidad sino educándola para que ese bien se produzca. La situación de la mujer mejorará con la defensa del bien del matrimonio, con la educación de la sexualidad, y la mejora de las condiciones que hacen posible la maternidad y la salud de los niños durante la gestación, en el parto y tras el parto.

Cuando se pretende que existe un 'derecho a la procreación' o sea a la fecundación 'in vitro', se olvida que se está pidiendo un derecho sobre otra persona, sobre el hijo futuro, y eso contradice la lógica propia de los derechos. Nadie tiene derecho sobre otra persona. No se tiene derecho al hijo, sino el deber de criarlo y educarlo de una manera respetuosa con su condición personal.

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